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Tráfico: La reforma del Código Penal ya se está aplicando en Las Palmas de Gran Canaria

La Policía Local de Las Palmas comienza a aplicar las sanciones relacionadas con el permiso de conducir del Código Penal reformado

Foto: José Luis Sandovalsanciones relacionadas con el permiso de conducir del Código Penal reformado
La Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria comienza a aplicar la reforma del Código Penal en aquellas infracciones relacionadas con el permiso de conducción. Esta reforma implica que algunos supuestos que hasta ahora eran tramitados por la vía administrativa tienen en adelante pena de cárcel o similar.

“Es obvio que el compromiso cívico que supone la reglamentación del tráfico debe incluir a todos los conductores”, explica el concejal de Seguridad, Jesús González Dumpiérrez. “Por eso es tan importante garantizar que aquellos que se ponen delante de un volante han superado las pruebas para cada tipo de vehículo, y eso es lo que persigue esta reforma del Código Penal”, añade.

En concreto se trata del apartado segundo del artículo 384 del Código Penal que entra en vigor el jueves 1 de mayo. En él se especifica que la pena será la misma para los que conduzcan sin carné por haber sido retirado cautelar o definitivamente y para los que conduzcan un vehículo a motor o un ciclomotor sin haber obtenido nunca el permiso o la licencia para ello.

En virtud a todo esto, la Unidad de Atestados de la Policía Local tramitará como juicio rápido sin detenido (JRSD) los siguientes casos: conducir un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente; quien realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial; y quien condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

En todos estos casos la pena podrá ser de tres a seis meses de prisión o una multa de 12 a 24 meses de pago y trabajo a favor de la comunidad por un periodo de 31 a 40 días.

Cabe destacar que a partir del 1 de mayo quienes posean una ‘licencia’ de conducción para ciclomotores, vehículos agrícolas, de minusválidos y de licencia municipal y se pongan al volante de otro tipo de vehículo que requiera de ‘permiso’ de conducción (turismos, etcétera), su infracción será tramitada por la vía Penal.

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